BONIFICACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL
Plazo de solicitud: entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2026 para aplicar en la Contribución del 2027
El Ayuntamiento del Valle de Egüés aplicará una bonificación de hasta el 90 % en la cuota de la Contribución Territorial según los tramos de renta, cuando se trate de la vivienda que constituya el domicilio habitual de los sujetos pasivos que ostenten la condición de familia numerosa, familia monoparental o en situación de monoparentalidad; o perciban pensiones no contributivas, Renta Garantizada o Ingreso Mínimo Vital.
La bonificación deberá solicitarse, concediéndose para un único inmueble, tiene validez anual, y se aplica sólo a la vivienda, no incluyendo garajes, trasteros u otros anexos.
Plazo de solicitud: del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2026, para aplicar en el año 2027.
Para acceder a dicha ayuda, se deberá cumplir con cuatro requisitos, a saber:
1- Estar empadronado/a en la vivienda para la que se solicita la bonificación.
2- Ser propietario/a de la totalidad o un porcentaje del inmueble.
3- Estar al corriente de pago con el Ayuntamiento de Valle de Egüés.
4- Que la suma de las rentas de los miembros de la unidad familiar, excluidas las exentas, no supere cuatro veces el Salario Mínimo Interprofesional. (aprox en 2026 los ingresos máximo 68.376€).
El porcentaje de la ayuda se calculará en función de los siguientes ingresos:
- Bonificación del 90%: Rentas inferiores a 5.000 €.
- Bonificación del 75%: Rentas entre 5.000 € y menos de 8.000 €.
- Bonificación del 50%: Rentas entre 8.000 € y menos de 12.000 €.
- Bonificación del 30%: Rentas entre 12.000 € y menos de 15.000 €.
- Bonificación del 20%: Rentas desde 15.000 € hasta un máximo de 20.000 €.
Documentación a presentar:
FAMILIA NUMEROSA, MONOPARENTAL O EN SITUACIÓN DE MONOPARENTALIDAD
- Certificado, título o tarjeta oficial expedido por la Administración competente que acredite que, en el momento de devengo del impuesto, 1 de enero, el sujeto pasivo tiene la condición de titular de familia numerosa, monoparental o en situación monoparentalidad.
- Fotocopia de la declaración del IRPF de 2025 de todos los miembros de la unidad familiar
PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS, DE RENTA GARANTIZADA O DE INGRESO MÍNIMO VITAL
- Resolución de la concesión de la pensión no contributiva, Renta Garantizada o Ingreso Mínimo Vital.
- Fotocopia de la declaración del IRPF de 2025 de todos los miembros de la unidad familiar.