08 de enero de 2026

PUBLICADAS LAS AYUDAS A LA CONCILIACIÓN DEL VALLE DE EGÜÉS 2026

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Enlace al BON: https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2026/4/60

El Ayuntamiento del Valle de Egüés pone a disposición de la ciudadanía las ayudas para facilitar la conciliación laboral y familiar de 2026. Estas tienen por objeto regular el procedimiento jurídico para la concesión de las subvenciones que se conceden por el Ayuntamiento del Valle de Egüés, en régimen de concurrencia competitiva, a aquellas familias empadronadas y residentes en el Valle de Egüés con menores a su cargo, que nacieron de 2014 en adelante, o menores con una discapacidad igual o superior al 33%, y que utilicen recursos de conciliación durante los periodos no lectivos del año 2026.

Estos periodos son:

  • Navidad, del 22 de diciembre de 2025 al 5 de enero de 2026.
  • Carnaval, del 16 al 20 de febrero
  • Semana Santa, del 7 al 10 de abril
  • Verano, del 22 de junio al 10 de septiembre

Las acciones subvencionables pueden ser inscripción en servicios de conciliación, guarderías, escuelas infantiles, casas amigas, campamentos y actividades de ocio y tiempo libre, siempre y cuando su duración diaria supere las 3 horas diarias. Se incluye también, dentro de las acciones subvencionables, el pago de la seguridad social de una persona cuidadora.

La ayuda consistirá en el pago (ya sea en uno solo de los periodos sujetos a obtención de ayuda o en varios de ellos) de hasta un máximo de 150€ para unidades familiares con un/a menor, 300€ para unidades familiares con dos menores y de 450€ para unidades familiares con tres menores o más.

El plazo de presentación de las solicitudes dará comienzo al día siguiente de la publicación en el BON y tendrán los siguientes plazos:

  • Periodo de Navidad: plazo hasta el 20 de febrero de 2026.
  • Periodo de Carnavales: plazo hasta el 20 de marzo de 2026.
  • Periodo de Semana Santa: plazo hasta el 10 de mayo de 2026.
  • Verano hasta el 30 de septiembre de 2026.

Las solicitudes se podrán realizar en la oficina de atención a la ciudadanía (OAC) o a través de la sede electrónica municipal.

DESCARGA AQUÍ LA DOCUMENTACIÓN:

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