La nueva ordenanza pretende ordenar la venta que se realiza fuera de los establecimientos comerciales y no de forma constante y fija, sino en emplazamientos determinados, de forma ocasional y en puestos o instalaciones desmontables, práctica que recibe el nombre de “ambulante” y que técnicamente se denomina “venta no sedentaria”.
Es nuestro propósito enmarcar adecuadamente este tipo de venta no sedentaria o ambulante, al objeto de regular su procedimiento y condiciones que garanticen los derechos de personas comerciantes y consumidoras, así como los usos concurrentes de la vía publica en la que esta actividad se desarrolla.
Esta Ordenanza persigue la adaptación normativa a nuevas circunstancias legales y sociales. Para ello, se recoge el mercadillo actualmente existente, y se introducen otras modalidades de comercio no sedentario que puedan darse en el Valle.
Del 1 de julio al 15 de agosto el borrador de la Ordenanza estará expuesto en la web en el siguiente enlace https://valledeeguesparticipa.com/participa/ord/ para que la ciudadanía pueda realizar aportaciones al mismo.